DANYS I PERJUDICIS DERIVATS DE FUITES D’AIGUA.

DAÑOS Y PERJUDICIOS DERIVADOS DE FUGAS DE AGUA.

Es bastante habitual que un escape de agua procedente de un bajante de nuestra comunidad de propietarios o de un piso vecino provoque daños en nuestra vivienda, como, por ejemplo, en la pintura del techo o paredes o en algunos muebles.

En este supuesto, mientras este escape no esté reparado, si disponemos de seguro del hogar que contenga la garantía de Defensa Jurídica, podemos solicitar a nuestra aseguradora que reclame en nuestro nombre tanto la reparación del origen de las filtraciones , como una indemnización por los daños sufridos.

Así, en cuanto a la indemnización que pedimos por los daños sufridos, debemos tener en cuenta que la actual doctrina jurisprudencial considera mayoritariamente que la cantidad que se reclama por una reparación como, por ejemplo, pintar paredes y techo, no puede ser objeto de depreciación o rebaja por el hecho de que se considere que el objeto una vez reparado está en mejores condiciones. Por otra parte, respecto a la causa de los daños, el juzgado puede obligar a quien les ha provocado a reparar a su cargo el origen del escape.

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